REGLAMENTO DE SANCIONES



CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1
El presente Reglamento cumple con lo dispuesto en el Capítulo VIII, Artículo 90,
del Estatuto de la Federación Mexicana de Fútbol, A.C. y sus disposiciones son de
observancia obligatoria para las Asociaciones y Organismos Deportivos, Clubes y
Jugadores que estén Afiliados a la Federacion Mexican de Futbol Asociacion A.C.

ARTÍCULO 2
Para la ejecución del presente Reglamento las Asociaciones y Organismos
Deportivos y sus Ligas tendrán la obligación de formar una Comisión Disciplinaria
y ésta será la encargada de aplicar las Sanciones a que se refiere, en cuanto a
Jugadores, Integrantes del cuerpo Técnico y Clubes Afiliados a la Gerencia de las Diversas
Modalidades del Futbol de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación. A.C.

ARTÍCULO 3
La Comisión Disciplinaria será instalada para que entre en funciones al inicio de la
temporada y deberá contar con:
a).- Presidente
b).- Secretario
c).- Vocal I
d).- Vocal II

ARTÍCULO 4
La Comisión Disciplinaria deberá sesionar de acuerdo a las necesidades de cada
Asociación o Liga Afiliada, tratando de dar agilidad a los torneos y sancionar
oportunamente a los infractores. Para que una sesión de la Comisión Disciplinaria
sea válida deberá estar presente cuando menos dos de sus miembros, pudiendo
ser estos directivos de la misma Asociación o Liga Afiliada.
Cuando se desee pueden elegirse como Miembros de una Comisión Disciplinaria
a personas que no sean Directivos, siempre y cuando su imagen y trayectoria
deportiva los hagan merecedores a tal distinción.

ARTÍCULO 5
Al término de la sesión de la Comisión Disciplinaria, ésta deberá emitir un reporte
de sanciones y hacerlo público en cualquier forma y en caso de necesidad, por la
gravedad de la falta y sanción, notificarlo por escrito a quienes corresponda.

ARTÍCULO 6
El Secretario dela Comisión Disciplinaria deberá llevar un registro de sanciones y
vigilar que se cumplan éstas. Para ello se puede y debe auxiliar de cualquier
medio de control que previamente se elabore para el caso, buscando que sea
efectivo y claro.

ARTÍCULO 7
Las sanciones que debe aplicar una Comisión Disciplinaria son las siguientes:
a).- Amonestación
b).- Suspensión.
c).- Inhabilitación temporal.
d).- Expulsión

ARTÍCULO 8
Cuando la sanción de la Comisión Disciplinaria sea Amonestación acumulativa o
Suspensión por un término menor a 90 días, solo se tendrá la obligación de avisar
al afectado por cualquier medio.
Si la sanción rebasa los 90 días o se trata de inhabilitación temporal se debe
notificar por escrito a la Asociación o Institución Afiliada y si se trata de suspensión
por 1 año o expulsión, entonces también se debe notificar a la Gerencia de las Diversas
Modalidades del Futbol  de la Federación Mexicana de Fútbol para ser notificada
y boletinada la sanción.

ARTÍCULO 9
La Comisión Disciplinaria para dictar sus resoluciones deberá basarse en:
a).- La Cédula de juego elaborada por el árbitro correspondiente, tomando en
cuenta siempre el principio de inviolabilidad de la misma, en cuanto se trate de
infracciones a las Reglas de Juego y el espíritu de las mismas, o de incidentes
ocurridos antes, durante o después de los partidos oficiales o amistosos.
b).- Ampliaciones a dicha Cédula de Juego.
c).- Documentos adicionales o cualquier otro elemento de prueba que les sea
proporcionado.

ARTÍCULO 10
La Comisión de Árbitros y la Comisión Disciplinaria deberán ponerse de acuerdo
en cuanto a la redacción en la Cédula de Juego de las Faltas cometidas en los
partidos, con el objeto de que el árbitro reporte en los mismos términos que
aparecen en el presente Reglamento y así la Comisión Disciplinaria aplique
debidamente la sanción que corresponda.

CAPITULO II
FALTAS DE LOS JUGADORES
Antes, Durante y Despues del Partido.

ARTÍCULO 11
Las faltas que se cometan se calificarán como de primero, segundo, tercero y
cuarto grado.

ARTÍCULO 12
1.- Son faltas de primer grado y solo ameritan amonestación las siguientes:

a).- Ausentarse del terrero de juego sin permiso del árbitro o reintegrarse al mismo
      sin autorización del árbitro.
b).- No acatar con diligencia las decisiones del árbitro.
c).- Infringir con persistencia las Reglas de Juego.
d).- Protestar las decisiones de árbitros central o árbitros asistentes.
e).- Desaprobar con gestos o palabras las decisiones del cuerpo arbitral.
f).- Introducirse al Terreno de Juego, sin la Acreditacion del arbitro.
g).- No colocarse a la distancia correcta (5 mts) en tiro libre.
h).- Hacer tiempo en forma deliberada.
i).- Jugar en forma estimada brusca.
j).- Demorar la reanudación del juego.
k).- Impedir que el guardameta despeje el balón.
l).- Bailar, saltar, gesticular, con el fin de distraer o estorbar la ejecución de un
      saque de banda o tiro de esquina.
m).- Burlarse de un contrario con palabras o gestos.
n).- Provocar de cualquier forma a un contrario o compañero.
o).- Simular una falta o lesión.
p).- Llevarse el balón o alejarlo deliberadamente después de marcarse una falta.
q).- Cortar un avance del contrario, con las manos.
r).- Saltarse la Valla Perimetral de la cancha de Futsal.

Los jugadores que acumulen 2 amonestaciones por este tipo de faltas, en el
mismo partido serán expulsados del terreno de juego y serán sancionados con 1 (uno)
juego de suspensión, al Igual, Jugadores  que acumulen 4 amonestaciones en diferentes
juegos, fijado de antemano por la Comisión Disciplinaria.

Si dicha Comisión Disciplinaria lo determina también, las amonestaciones podrán
ser rebajadas por buen comportamiento o al final de determinada etapa de la
competencia (liguillas por ejemplo).

ARTÍCULO 13
Se consideran faltas de segundo grado y ameritan expulsión del partido, las
siguientes:
a).- Juego brusco grave.
b).- Intentar agredir a un contrario o compañero.
c).- Conducta violenta: dar una patada o golpe a un contrario estando la pelota a
       distancia de juego.
d).- Conducta Violenta: Derribar a un contrario violentamente con las manos o
       zancadillarlo.
e).- Introducirse al terreno de juego (Jugador(a), o cualquier miembro del equipo) con aliento alcohólico.
f).-  Cortar un avance prometedor del contrario, con peligro de gol.
g).- Conducta injuriosa a un adversario, diciendo...............................
h).- Conducta injuriosa a un compañero, diciendo...........................
i).- Conducta injuriosa al público con señas o palabras, diciendo..........
j).- Intentar agredir a un compañero o adversario.
k).- Iniciar o inducir a sus compañeros para agredir a un adversario.
l).- Golpear a un adversario con el balón u otro objeto intencionalmente

Todas estas faltas se sancionaran con 2 juegos de castigo.

ARTÍCULO 14
Son faltas de tercer grado y ameritan expulsión del partido las siguientes:
a).- Juego brusco, sin estar la pelota de por medio.
b).- Insultar a un adversario, un compañero o cuerpo arbitral.
c).- Agresion o Responder Agresion con codo, brazos, rodilla o cabeza a un adversario o cualquier tipo de agresión física.
d).- Escupir a un adversario.
e).- Conducta injuriosa hacia cualquier miembro del cuerpo Arbitral,
      diciendo......................
f).- Participar en una riña, siendo claramente identificado.
g).- Agredir al público en forma verbal o física.
h).- Agredir o reñir con integrantes del Cuerpo Técnico adversario.
i).- Alinear a un Jugador Inelegible

Todas estas faltas se sancionarán con 3 juegos de castigo.

ARTÍCULO 15
Son faltas de cuarto grado y ameritan expulsión del partido las siguientes:
a).- Intentar agredir a cualquier miembro del cuerpo arbitral.
Los jugadores que incurran en esta falta se harán acreedores a una sanción de
acuerdo a la gravedad, sin que pueda ser menor de 6 partidos.
b).- Agredir a cualquier miembro del Cuerpo arbitral.
Se entiende por agresión la acción o hecho intencional de causar algún daño físico
al árbitro, utilizando cualquier medio.
c).-Invasion al Terreno de juego: se entiende cuando la porra o el grupo de animadores de un equipo, invade el terreno de juego, con o sin intensiones de agredir, ya sea al cuerpo arbitral, jugadores, directivos, aficion, etc.
d).-Riña (Antes durante y despues de un partido)
e).- Falsificacion de Documentos. (Cedulas de Juego, Credencial de Jugador, Actas de Nacimiento, Curp, etc, etc.) 
   
Los jugadores que incurran a estas faltas se les sancionará con la suspensión minima de 1
(un) año en sus actividades deportivas dentro del Fútbol Afiliado y el pago de los
gastos médicos si los hubiese.
Dicho jugador será boletinado por el Sector Aficionado de la Federación Mexicana
de Fútbol Asociación, A.C.

CAPITULO III

FALTAS COMETIDAS POR MIEMBROS DEL CUERPO TÉCNICO

ARTÍCULO 16
Son faltas del cuerpo Técnico las siguientes:
a).- Entrar al terreno de juego sin permiso del árbitro.
b).- No atacar diligentemente las disposiciones del árbitro.
c).- Ordenar a sus jugadores que no acaten las disposiciones del árbitro.
d).- Retardar en cualquier forma el inicio o reanudación del juego.
e).- Protestar las decisiones del Cuerpo Arbitral.
f).- Retrasar el tiempo o mandar hacer lo miso a sus jugadores.
g).- Insultar a un adversario.
h).- Insultar a un miembro del Cuerpo Arbitral.
i).- Agredir a un adversario.
j).- Agredir a cualquier miembro del Cuerpo Arbitral.

Las aplicación de las sanciones será de acuerdo a la gravedad de la falta
cometida y serán juzgados en la misma forma que los jugadores.

......